La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) impuso una multa de más de $314 millones a RCN Televisión S.A. por incumplir durante dos años su obligación legal de incluir en su parrilla programática al menos un 10 % de obras cinematográficas nacionales.
La decisión, esta respaldada en una normativa vigente que busca garantizar la diversidad cultural en la televisión abierta y proteger el derecho de las audiencias a una programación representativa de la identidad colombiana.
La medida, adoptada por la Sesión de Contenidos Audiovisuales del organismo regulador, se fundamenta en la necesidad de garantizar la diversidad cultural , la representación de la identidad nacional y el cumplimiento de las normas que rigen el servicio público de televisión.
El caso se originó tras detectar que, entre 2022 y 2023 , RCN Televisión no emitió ninguna obra cinematográfica nacional , lo que constituye una violación flagrante al artículo 16.4.8.3 de la Resolución CRC 5050 de 2016 , vigente en ese periodo. Esta norma establece que los canales de televisión abierta con cobertura nacional deben transmitir un mínimo del 10 % de cine nacional respecto del total de películas extranjeras que exhiben.
Los reportes trimestrales presentados por el propio operador confirmaron un cumplimiento del 0 % , lo que motivó a la CRC a abrir una investigación administrativa sancionatoria en octubre de 2024 . Durante el proceso, RCN ejerció su derecho de defensa, pero no presentó pruebas suficientes que justificaran su incumplimiento. Por ello, la CRC concluyó que se trató de una conducta reiterada, injustificada y contraria al régimen regulatorio vigente.
La sanción impuesta asciende a 6.312 Unidades de Valor Tributario (UVT) correspondientes al año 2025 , lo que equivale a $314.331.288 pesos colombianos . Frente a esta decisión, RCN podrá interponer el recurso de reposición , tal como lo permite la Ley 1437 de 2011 , norma general del procedimiento administrativo.
En su comunicado, la CRC destacó que la obligación de emitir cine nacional no es solo una carga formal para los operadores, sino una herramienta clave para asegurar que las audiencias tengan acceso a una programación plural, equilibrada y representativa . “La omisión de esta obligación afecta directamente el derecho de las audiencias a recibir contenidos que reflejen la cultura, los valores y las realidades del país”, afirmó la Sesión de Contenidos Audiovisuales.
La normativa vigente reconoce que la televisión abierta cumple un rol fundamental en la construcción de la identidad colectiva y en la promoción de la industria audiovisual local. En este sentido, la CRC enfatizó que su intervención busca proteger el pluralismo informativo , principio esencial del sistema democrático y del servicio público de comunicación.
“Esta no es simplemente una sanción, sino un llamado de atención a los operadores para que asuman con responsabilidad su deber de cumplir con una regulación diseñada para proteger a los televidentes y asegurar el acceso a una programación que refleje la diversidad de nuestra sociedad”, indicaron los comisionados de la Sesión de Contenidos Audiovisuales.
¿Por qué es importante el cine nacional en la TV abierta?
La presencia del cine colombiano en la programación de los canales con cobertura nacional tiene un impacto directo en la visibilidad de historias locales, la formación de la memoria colectiva y el fortalecimiento de la industria audiovisual. Además, permite que el público tenga acceso gratuito a producciones que narran sus propias realidades y refuerzan su pertenencia cultural.
Con esta sanción, la CRC reafirma su rol como ente regulador encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones sociales del servicio público de televisión. También envía un mensaje claro al sector: el cumplimiento de las cuotas de contenido nacional no es opcional, sino un mandato legal y ético en pro de la identidad y la diversidad cultural del país.