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Se termina el papel

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La Resolución 000165 de 2023 modificada por la Resolución 00008 de 2024, convirtiendo los documentos fiscales en versiones electrónicas. Este plan contempla la inclusión de 12 nuevos documentos, cuya implementación se llevará a cabo a lo largo del presente año. Conforme a la Resolución 00008 de 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

La Resolución 000165 de 2023 modificada por la Resolución 00008 de 2024, convirtiendo los documentos fiscales en versiones electrónicas.

Este plan contempla la inclusión de 12 nuevos documentos, cuya implementación se llevará a cabo a lo largo del presente año.

Conforme a la Resolución 00008 de 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) avanza en la implementación de la facturación electrónica para boletas de cine, pasajes aéreos y tiquetes de peaje, entre otros documentos. Este plan, que busca convertir el 100% de los soportes en Colombia a electrónicos, se desarrollará en diferentes etapas a lo largo del presente año.

Juan Carlos Arbeláez, Socio de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Colombia

Según Juan Carlos Arbeláez, Socio de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Colombia, firma de servicios profesionales de auditoría, asesoramiento legal y fiscal para el sector empresarial, “junto con las las boletas de cine, los pasajes de transportes aéreos y terrestres, y los tiquetes de peaje, las facturas de los servicios públicos domiciliarios, las entradas de ingreso a espectáculos públicos, los extractos expedidos por entidades financieras y fondos, documentos en juegos localizados, fracciones o formularios en juegos de suerte o azar diferentes de juegos localizados, así como los documentos de operación de la bolsa de valores, de la bolsa agropecuaria y de otros commodities, se convertirán durante este año en nuevos documentos equivalentes electrónicos.”

De acuerdo con el experto de Crowe, “según lo establecido por la DIAN, en el calendario para la implementación de estos documentos electrónicos -los cuales se volverán obligatorios a partir de agosto-, los primeros serán los servicios públicos domiciliarios, los tiquetes de transporte de pasajeros y los extractos emitidos por entidades financieras o fondos de inversión, los cuales deberán expedirse a partir del primero de agosto de 2024″.

A partir del primero de septiembre, tendrán que comenzar a implementarse los tiquetes de transporte aéreo de pasajeros, las boletas, fracciones, formularios, cartones, billetes o instrumentos en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados, y los documentos de juegos localizados.

Así mismo, desde el primero de octubre,  los documentos expedidos con el cobro de peajes, los comprobantes de liquidación de operaciones expedidos por la Bolsa de Valores y los documentos de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.

Y en el último grupo en el que están las boletas de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas y otros espectáculos públicos, así como las boletas de ingreso a cine, tendrán que comenzar a implementarse a partir del primero de noviembre.

 

 

 

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